Proveeduría
Registro de Proveedores
El Benemérito Cuerpo de Bomberos de Costa Rica recibe constantemente documentación de todos aquellos oferentes que deseen ser parte de su Registro de Proveedores.
De suguido encontrarán el Reglamento del registro del Proveedores del cuerpo de bomberos de costa Rica, publicado en la Gaceta Nº 126 del 30 de junio del 2010.
Reglamento Registro de Proveedores
Los requisitos para la inscripción son los que establece el artículo 117 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa, Decreto Ejecutivo Nº33411-H, los cuales se adjuntan a continuación:
Requisito Registro de Proveedores Bomberos
Anexo 1 Preregistro Proveedores Bomberos
Anexo 2 Proveedores Extranjeros
Anexo 2 Proveedores Extranjeros Notas Aclaratorias
Esta documentación debe presentarse personalmente en nuestras oficinas centrales, las cuales están ubicadas en San José, avenida 3, calle 8, contiguo a la parada de buses "La Coca Cola".



