Contraloría de Servicios
¿Cúando acudir a la Contraloría de Servicios?
Cuando:
a) Un usuario ha presentado una consulta, trámite o sugerencia ante cualquier oficina o estación de bomberos y ésta no haya sido resuelta satisfactoriamente o tenga alguna disconformidad con el servicio recibido.
b) Se tengan quejas, denuncias o sugerencias sobre los servicios prestados por el Cuerpo de Bomberos en cualquier oficina, estación de bomberos o en la atención de una emergencia (incluye el traslado a la emergencia).
c) Existan razones para que un usuario manifieste su inconformidad y desee reclamar en forma individual o colectiva, sobre la calidad de los servicios que recibe de parte del Cuerpo de Bomberos y quiera garantizar que sus demandas serán oídas y resueltas.



